miércoles, mayo 30, 2007

Sentencia ejemplar

Francisco Frechoso, redactor jefe de El Mundo, fue colaborador de la tertulia de 'La mirada crítica', de Telecinco, durante cuatro años. En su periódico cobraba un complemento salarial de dedicación exclusiva, pero eso no le impedía participar en el espacio televisivo, al igual que ocurría con otros compañeros suyos.

Al día siguiente de la huelga general de 2002, Frechoso intervino en la tertulia y se mostró crítico con su diario, al que acusó de desinformar sobre la incidencia de la huelga en la redacción. Dijo también que se sentía avergonzado por el hecho de que la policía tuviera que cargar con ejemplares de El Mundo para llevarlos a sus lugares de distribución.

Un mes más tarde, Pedro J. Ramírez decidió que los redactores que quisieran participar en tertulias de otros medios deberían tener una autorización del periódico. Frechoso vio rechazada su solicitud con el argumento de que "no sería beneficioso para los interes del periódico", pero otros compañeros suyos sí recibieron el permiso.

Frechoso recurrió a la vía judicial y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio la razón a la empresa, reconociendo su facultad de exigir a los periodistas que se ajustasen a su línea editorial. Ahora, el Tribunal Constitucional ha fallado a favor de Frechoso y ha sentenciado que las facultades organizativas y directivas de la empresa no pueden dañar un derecho fundamental como es el de la libertad de expresión.

Texto de la sentencia

1 comentario:

MUNDOGUSANO dijo...

ciertamente, es un asunto sobre el que reflexionar.